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Las Fiestas Clandestinas están prohibidas

En el Partido de Escobar se encuentra en vigencia la ordenanza 5048/12 referente a las actividades festivas realizadas en sitios que no estén habilitados o que no posean permiso otorgado para tal fin.

Debido a la detección de fiestas clandestinas realizadas en las distintas localidades del distrito, la Municipalidad de Escobar recuerda que se encuentra en vigencia la ordenanza 5048/12 referente a las actividades festivas realizadas en sitios que no estén habilitados o que no posean permiso otorgado para tal fin.

La ordenanza considera “infracciones y pasibles de sanción todas las actividades tendientes a la organización y realización de fiestas clandestinas y/o privadas entre ellas las de promoción, publicidad, alquiler de inmuebles, venta de tickets o comprobantes de pago para el ingreso a la reunión y traslado de potenciales concurrentes en vehículos rentados o afectados a la fiesta”.


Asimismo, “serán responsables e imputados de las sanciones previstas quienes resulten responsables de la organización y/o difusión y ventas de entradas, quienes resulten propietarios del inmueble donde se realice y si es inmueble alquilado los locatarios del mismo. (….) De igual modo, serán sancionados quienes actúen como auspiciantes de la fiesta clandestina”.

“Las sanciones se graduarán en atención a la presencia de menores, venta de bebidas alcohólicas, perjuicios que se ocasionen a terceros y ocultamiento de la situación fijándose multas que pueden superar los 55.000 pesos”.

LA REVISTA y la Comunidad

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